Las y los empleados del estado provincial, los municipios, empresas estatales y entes del Estado de todo tipo, tributan sus aportes obreros y contribuciones patronales (ambos integran el salario) a la caja previsional del ISSN (Instituto de Seguridad Social de Neuquén, que también administra la Obra Social). El Consejo de Administración con presidencia y consejeros por mayoría del gobierno (existe una representación sindical en minoría) ha implicado que los fondos del ISSN, que son en un 100% patrimonio de los aportantes y no del Estado, han sido utilizados para negociados de los sucesivos gobiernos con las clínicas, laboratorios, sanatorios y la medicina privada en general, que complementa un proceso de décadas de vaciamiento (elusión del depósito de las contribuciones patronales).
Esta elusión se ejecutó por décadas. Hasta 1971 los aportes obreros eran del 10% y la contribución patronal del 14%. En la década siguiente, hasta 1981, los aportes obreros eran de 7 u 8% y las contribuciones patronales del 9%.
Hasta ese año 1981 todo era ingreso a la caja previsional, pues no había jubilados aún. ¡Dos décadas de ingresos sin egresos previsionales!, lo cual generó un fondo acumulado muy importante. Tan es así que en 1964 el Banco Provincia de Neuquén (BPN) fue salvado de la quiebra -con fondos del ISSN- por un préstamo que le dio a un empresario y éste no devolvió. Era una suma de varios millones de dólares de aquella época.
A partir de 1982 (bajo la dictadura militar) el Estado consideró que como había superávit en el ISSN, se podía rebajar el porcentaje de la contribución patronal, pasando a aportar el 4,3%. Luego en 1983 lo bajó aún más: al 2,8%.
En los años 1989, 90 y 91, el Estado como patronal prácticamente dejó de aportar, pero seguía descontando los aportes obreros.
En 1992 la parte patronal aportó un mísero 4% y a partir de 1993 pasó a aportar el 6% hasta el 2001.
En cambio el aporte obrero se mantuvo siempre en el 7 u 8% desde el inicio.
Esa inmensa masa de dinero, aportada durante décadas exclusivamente por las/os trabajadores, se dilapidó en turbios negocios, sobreprecios en beneficio de droguerías, proveedores y de la medicina privada concentrada en unas pocas clínicas ligadas al gobierno.
El general Trimarco, interventor militar en Neuquén, en 1980 hizo un Decreto-Ley por el cual convalidó ese período del vaciamiento histórico del ISSN: la denominada Ley Nº 1340, por la cual todo peso ingresado al ISSN como contribución patronal se imputaba como pago de la deuda por aportes obreros (descontados pero no girados al ISSN) por los distintos organismos provinciales y municipales.
Además, por ese Decreto-Ley de facto, se condonó la deuda previsional contraída por la parte patronal con el ISSN desde el inicio hasta el año 1980 y sus intereses y actualizaciones. ¡Un blanqueo del vaciamiento patronal en toda la línea!
Ningún gobierno del MPN posterior, desde 1983 a la fecha (incluidos los gobiernos del MPN donde el actual gobernador ocupó cargos relevantes, como vicegobernador) anuló estas normas de la dictadura militar.
Han pasado casi 50 años de encubrimiento de ese vaciamiento de la dictadura y del propio MPN. En 40 años de funcionamiento de la Legislatura a partir de 1983, se convalidaron aberraciones como el citado Decreto-Ley Nº 1430 del general Trimarco y el Decreto-Ley Nº 1117 del general Martínez Waldner que perdonó la deuda que el Casino Provincial tenía con el ISSN.
Como la administración estuvo siempre en manos del MPN o sus milicos amigos, queda claro de quién es la responsabilidad y quién debe dar cuenta de ese vaciamiento y resarcirlo con intereses.
Ante este saqueo de fondos de las y los trabajadores, los oficialismos han instalado, en muchas ocasiones con el apoyo de las representaciones sindicales, la idea que la caja previsional tiene déficit porque la relación activos-pasivos es muy baja. Y desde hace cinco o seis años, además, han sumado el argumento que el aumento de la expectativa de vida conlleva el cobro de jubilaciones por muchos años, sobre todo, en la docencia. Uno de los directores del ISSN lo dijo sin vueltas: “si se agranda la relación de los pasivos respecto de los activos, se hace insostenible desde lo financiero” o dicho por otro funcionario “resulta dificultoso sostener a un agente pasivo por más de 20 años”.
El agravamiento del ataque a las conquistas jubilatorias se ha intensificado desde que asumió el gobierno de Rolando Figueroa y su coalición política con mileístas y macristas, y un pseudo “progresismo” (FG, PS, Mov. Evita, etc.), adaptado, pero también promotor del ajuste en curso.
La conquista de la huelga del 2007
En el 2007, tras el fusilamiento del docente Carlos Fuentealba, la movilización popular puso al borde de la caída al gobierno de Sobisch y en crisis al régimen provincial en general. El gobernador Sobisch estuvo obligado a reconocer diversos reclamos. Uno de ellos era recuperar el pago del 80% del último salario en actividad como haber jubilatorio inicial. Este reclamo se basaba en la manda constitucional del artículo 38º inciso c) que dice: “La Provincia, mediante la sanción de leyes especiales, asegurará a todo trabajador en forma permanente y definitiva lo siguiente: ….. Jubilaciones y pensiones móviles, que no serán menores del ochenta por ciento (80%) de lo que perciba el trabajador en actividad”. Este criterio había sido dejado de lado por la caja previsional, a partir de Resoluciones de su Consejo de Administración por unanimidad, es decir, también con el voto de los consejeros gremiales.
Se aplicó lo que establece la ley Nº 611, ley previsional provincial. La cual colisiona con la manda constitucional, y reemplaza lo que “perciba el trabajador en actividad” por un promedio del escalafón general. Obviamente ese promedio incluye los salarios de las categorías más bajas con los de las más altas, por las cuales en general se jubilan los estatales luego de su vida laboral, achatando así el monto del haber jubilatorio inicial.
En los años 2003 y 2006 el ISSN emitió sendas Resoluciones, por las cuales se aplicó a rajatabla el promedio salarial como base de cálculo del haber jubilatorio inicial.
Pero en el 2007 en el marco de una profunda crisis del régimen y de sublevación popular por el fusilamiento de Carlos Fuentealba, el TSJ (Tribunal Superior de Justicia) dictó un fallo en favor de la manda constitucional, estableciendo que si la forma de aplicar el 80% según el artículo de la ley previsional “vulnerara la garantía (NOTA: constitucional) corresponde que tal solución sea descalificada jurisdiccionalmente ordenándose el pago de las diferencias”. Y fundamentó dicho fallo “en orden al principio tuitivo y asistencial que rige en materia previsional”. El porcentaje del haber previsional quedaba así “enganchado” con el que cobraría si estuviera en el cargo por el que se jubiló.
Sobre esa base, el entonces gobernador Sobisch en crisis, por medio de Decretos reconoció el derecho a “un piso mínimo de percepción jubilatoria, ubicado en el 80% de la percepción del cargo activo por el cual fue jubilado el recurrente”.
Por su parte el ISSN con mayoría gubernamental se allana al fallo del TSJ y los Decretos del Poder Ejecutivo y emite la Resolución 172/07 por la cual se decide “adecuar los mecanismos que garanticen” la manda constitucional de pagar no menos del 80% del salario del trabajador en actividad. Y ordena efectuar esa adecuación tanto en la forma de cálculo del haber inicial como en el cálculo de la movilidad para garantizar el cobro previsional de ese 80%.
Sin duda una conquista histórica de aquella huelga docente para un derecho que era desconocido por el Estado-patrón hasta ese momento.
El contrafallo del TSJ como base del ajuste
Esto se revirtió con nuevo fallo Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del 28 de diciembre del año 2021, que sirvió como voz de lanzamiento de una profundización del ajuste previsional, y como cobertura de legalidad de una política de ajuste previsional. El TSJ revirtió su propia jurisprudencia.
Resulta muy instructivo analizar los fundamentos de ese fallo. Por ejemplo afirma que “en la Argentina, los sistemas jubilatorios marchan al colapso por la desproporción entre aportantes y beneficiarios” y que por lo tanto “debería repensarse la solución dada en la ley y no continuar considerando la última remuneración como punto de partida”. También afirma que “la mayor expectativa de vida debe ser acompañada de medidas concretas y responsables a la hora de fijar parámetros para el otorgamiento del haber jubilatorio”. Todo un programa de guerra contra el concepto de la jubilación como el salario de la pasividad.
Que se trata de liquidar la jubilación como concepto, lo demuestra cuando el TSJ en ese fallo dice que “el nivel de vida que tenía el trabajador en actividad no lo define el último haber percibido por el último cargo desempeñado” y que “los aportes efectuados durante su vida laboral -y que generaron su derecho a obtener el beneficio jubilatorio- no guardan relación con la cuantía del haber previsional que pretende (80% de la categoría AP6)”.
El haber previsional debería ser, según el fallo del TSJ, un acto de caridad, no de una cuantía que permita a quien se jubila una vida digna y acorde a su mayor salario por su mayor profesionalidad y conocimientos tras décadas de trabajo, sino de subsistencia…que es lo que dice Milei, su pandilla y todo el régimen patronal. Pero en Neuquén este falló es muy anterior al gobierno del “liberfacho”.
El TSJ reinterpretó una cláusula constitucional establecida en el artículo 38º inciso c), que manda que “La Provincia, mediante la sanción de leyes especiales, asegurará a todo trabajador en forma permanente y definitiva lo siguiente: ….. Jubilaciones y pensiones móviles, que no serán menores del ochenta por ciento (80%) de lo que perciba el trabajador en actividad”.
Lo que es claro en el texto constitucional ha sido desconocido por el TSJ, que así eliminó el 80% conquistado con la huelga del 2007 y el posterior fusilamiento de Carlos Fuentealba.
Los representantes patronales en el ISSN festejaron que este nuevo fallo se haya apartado de la doctrina anterior, a la que califican de “construcción jurisprudencial”. Y afirman que “la mayor expectativa de vida debe ser acompañada de medidas concretas y responsables a la hora de fijar parámetros para el otorgamiento del haber jubilatorio”.
El fallo abrió un debate con un sector que se nuclea en el Movimiento de Jubilad@s de ATEN, quien en un comunicado defiende el fallo del TSJ como una medida contra “los cálculos preferenciales” que “desfinancian la Caja”. Y defienden el cálculo del haber inicial “de acuerdo a la Ley Nº 611”.
Ahora bien, la fórmula del cálculo inicial según dicha Ley, fue superada a favor de las y los trabajadores por la conquista generada a partir de la huelga del 2007. Apoyar el fallo del TSJ es conceder que se anule dicha conquista de lucha y se instale un retroceso en la fórmula de cálculo para la o el jubilado.
Es un planteo leguleyo, que pone una falsa “legalidad” por encima de las conquistas que rompen las limitaciones de esa legalidad.
Las “armonizaciones” ejecutadas desde el nefasto fallo
Sin considerar el vaciamiento de décadas, los gobiernos del MPN tomaron medidas de armonización con los requisitos jubilatorios de la ANSES, en línea con las leyes de la década kirchnerista.
Por ejemplo a través del Decreto Nº 345, de marzo de 2016, se incrementó un 4% los aportes obreros en forma escalonada a partir del 1º de dicho mes.
En el primer año de mandato del actual gobernador, hubo dos hechos de magnitud contra las y los trabajadores y su jubilación. El primero de ellos fue cuando mediante el Decreto Nº 79, del 27 de enero de 2024, el gobernador aumentó ocho puntos los aportes obreros, para “sanear” la caja previsional, cargando sobre los salarios el vaciamiento patronal de los fondos jubilatorios.
En los Considerandos de este Decreto, el gobernador recoge los conceptos y fundamentos del nefasto fallo del TSJ. Dice el Decreto que: “…los sistemas de reparto enfrentan un gran problema de sostenibilidad a nivel mundial, situación a la que no es ajena la Argentina, ni la Provincia del Neuquén en particular. Dichos problemas obedecen fundamentalmente a tres factores que se conjugan para causar este desequilibrio: por un lado una mejora significativa en la esperanza de vida de la población, por lo que se extiende la cantidad de años en los que las personas mayores perciben sus haberes previsionales, por otro una reducción en las tasas de natalidad, que implica que cada vez haya menos trabajadores activos para sostener el aumento de personas en edad pasiva, es decir la relación entre nuevos jubilados y activos aportantes se encuentra en constante crecimiento (el incremento de beneficiarios previsionales es casi tres (3) veces mayor que el de aportantes), lo cual genera que en promedio haya menos cantidad de aportantes por cada beneficiario de la caja y por último el hecho de que en general la persona que obtiene el beneficio jubilatorio tiene en promedio una categoría superior a la categoría promedio de los trabajadores activos aportantes al régimen”.
Y más tarde, también por el Decreto 130/2024, del 16/2/2024, se “dejó sin efecto” un artículo de la ley Nº 3269, que determinaba que un porcentaje de las regalías se destinaban a cubrir el déficit de la caja previsional. El Decreto redireccionó esos fondos al pago de la deuda pública provincial. Es decir, se lo quitó a las jubilaciones para entregárselos a los fondos buitres.
Una ley de ¿blindaje? del ISSN
El 2016 fue un año con muchas acciones y debates sobre el ISSN. Al aumento de los aportes obreros, se sumó en noviembre de ese año la Legislatura, que votó la ley Nº 3088. La cual fue producto de paros y movilizaciones de los sindicatos estatales, y denominada de “blindaje del ISSN” ante la política de reforma jubilatoria y traspaso a Nación que impulsaba a nivel nacional el gobierno del PRO.
Por un lado ATE presentó un proyecto para modificar la ley previsional provincial (Nº 611) y el resto del frente gremial (ATEN, municipales, legislativos, judiciales, etc.) optaban por no abrir a debate dicha ley considerando que hacerlo era un riesgo de abrir un proceso de armonización de las conquistas previsionales.
En ese contexto se votó la ley Nº 3088, que produjo una situación muy singular, porque dicha ley por un lado era producto de las luchas obreras, pero por el otro escamotea cuestiones de fondo, que la colocan al límite de terminar ignorada por mecanismos leguleyos o maniobras parlamentarias.
La bancada del FITU votó la ley, que rechazaba el traspaso de la caja provincial al sistema nacional para achicar sus beneficios al jubilado al gusto ajustador del gobierno de Macri. La ley fue impuesta por una importante lucha. Nuestra diputada la votó afirmativamente, pero con críticas y observaciones. La diputada Patricia Jure, del PO en el FITU, propuso en ese momento, del debate en particular dos artículos, sobre la base de caracterizar que la ley no significaba un blindaje de los requisitos y condiciones jubilatorias (algo que se verificó cinco años más tarde con el fallo nefasto del TSJ) y que la ley deja en manos del Poder Ejecutivo “dictar las normas instrumentales y reglamentarias para la aplicación de la presente Ley”, algo que acababa de pasar con aquel aumento de los aportes obreros del 4% por Decreto, y que volvería a pasar con el actual gobierno y el aumento de esos aportes un 8%. No se definía sobre el régimen de aportes existentes y de hecho lo avalaba. Lo cual combinado con las facultades discrecionales otorgadas al Poder Ejecutivo (art. 3º) transforman al “blindaje” en un colador.
Si bien el art. 1º) de la ley prohíbe “cualquier modificación que signifique pérdida o disminución de las condiciones jubilatorias establecidas en el régimen de la provincia”, había conquistas arrancadas también con la huelga, que eran superiores a “las condiciones jubilatorias establecidas en el régimen de la provincia”.
El negativo fallo del TSJ de fines del año 2021, precisamente se fundamentó en la aplicación estricta de la letra del “régimen de la provincia” y Resoluciones del propio ISSN.
El ISSN y las conquistas previsionales no estaban blindados, como lo dijo la banca del PO en la Legislatura.
No se transfiere pero se ajusta
Los gobiernos saben que transferir directamente la caja a Nación es jugar con fuego frente a la opinión pública que se opone a ello. Por eso juran y perjuran que la caja previsional no será transferida. También lo sabe el actual gobernador Rolando Figueroa, por lo que el ajuste previsional lo está ejecutando de otra forma.
Una de ellas ha sido el aumento del aporte obrero, como hizo por Decreto apenas a semanas de asumido, a fines de enero del año 2024. Un mes con un altísimo nivel de inflación (24,5%) preanunciado por todas las consultoras a partir de la devaluación del mes anterior.
El gobernador aprovechó el momento para aplicar un doble ajuste: el 27 de enero del año 2024 aumentó por Decreto ocho puntos el aporte obrero y luego reforzó el ajuste a los salarios, excluyendo el IPC de ese mes en el cálculo de la actualización trimestral.
De este modo los salarios de bolsillo se redujeron por el aumento del aporte al ISSN y se volvieron a reducir al no incluir el IPC hiperinflacionario de ese mes en la base de los ajustes trimestrales. Figueroa repitió la fórmula ejecutada ya por el gobernador Omar Gutiérrez (del cual Figueroa era su vice), de aumentar los aportes obreros apenas asumido el mandato. Solo que ahora fue más rápido y decretó un aumento mayor y de una sola vez. ¡La jodida y antiobrera “motosierra”!
La base común de la patronal y las burocracias
El régimen político de conjunto comparte un criterio con la burocracia de los sindicatos: y es que el equilibrio financiero de la caja previsional depende de la relación activos-pasivos porque se trata de un régimen de “reparto” o de “solidaridad intergeneracional”, donde los activos con sus aportes son los que sostienen lo que cobran las y los jubilados. Un criterio que parte de negar que la jubilación sea un salario diferido, un salario de la pasividad, y por lo tanto la responsabilidad de pagarlo es de la patronal, no del resto de los trabajadores en actividad.
El criterio lleva a una encerrona porque el ajuste de salarios, el trabajo fuera de convenio, las sumas no remunerativas y los despidos, repercuten en menos ingresos a las cajas previsionales. Cuando cada vez se necesitan más salarios bajo convenio, sin sumas no remunerativas y que cubran una canasta familiar, en la realidad ocurre lo contrario. Por otro lado, es cierto que existen mayores expectativas de vida, que siendo un progreso civilizatorio, los capitalistas pretenden transformarlo en una tragedia previsional con conceptos como los argumentados en el fallo del TSJ de Neuquén.
Por eso algunas direcciones sindicales no se manifiestan en oposición al aumento de los aportes o los aumentos de edad o proponen ajustes del estilo “poner un tope a las jubilaciones de mayor monto”, según palabras de un dirigente de ATEN.
Las cajas previsionales no son “de reparto”, ni de “solidaridad intergeneracional”, porque la jubilación en el concepto de salario diferido debe estar a cargo exclusivamente de la parte patronal por un lado, y por el otro sus recursos deben ser capitalizados dado el generalizado proceso inflacionario en todo el mundo, que devalúa los ingresos de dichas Cajas. Sin capitalización, se cae en la trampa de considerar otras soluciones, que todas apuntan a la pérdida de conquistas previsionales. La capitalización es una consideración que está en la ley Nº 611 en los incisos j) y k) del artículo 4º: “Realizar inversiones destinadas a asegurar la capitalización de sus recursos, pudiendo, a tal fin, construir, integrar o participar en sociedades o empresas estatales o de economía mixta, debiendo constar en el caso de estas últimas con la mayoría que le permita ejercer el control de la sociedad”, y “Asegurar la capitalización de sus fondos mediante depósito a plazo fijo en bancos oficiales”.
El Consejo de Administración no cumple con esta obligación (y no queremos que la cumpla, porque sería poner al zorro al cuidado del gallinero: nueva fuente de corrupción de los funcionarios en alianza con empresarios amigos).
La experiencia ha demostrado que “capitalizar” los fondos previsionales por la burocracia estatal al frente de las Cajas, nombrada por los gobiernos patronales, se ha transformado en verdaderos negociados por la manipulación de esos fondos previsionales en turbios negociados y especulaciones. La capitalización de los fondos previsionales solo podrá realizarse, efectivamente, cuando el directorio de las cajas esté constituido íntegramente por representantes electos (y revocables) de los trabajadores en actividad y jubilados, que son los dueños de esos fondos. Utilizarían los fondos previsionales para reales planes de desarrollo y sociales (viviendas populares, etc.).
Téngase en cuenta, por ejemplo, que hoy en la Caja previsional del ISSN por masa salarial abonada deben ingresar fondos que equivalen, en el caso de la docencia, a un 42% de esa masa salarial. La edad jubilatoria docente es de 52 años con al menos 25 años de aporte.
De hecho en el balance del año 2024 queda reflejado que siendo el sector docente el que registra la mayor cantidad de jubiladas/os, la relación ingresos/egresos es positiva. No es un sector deficitario.
Un debate actual
La noticia de que en el Congreso Nacional existe un proyecto para pasar a la ANSES las cajas previsionales provinciales no transferidas a Nación, generó un revuelo en Neuquén. Desde el gobernador hasta los diputados salieron a hacer fe de “neuquinidad”, manifestando su rechazo. Y ya en el terreno de la disputa electoral con la mileista LLA, el gobernador “se acordó” que Nación le debe fondos coparticipables y de regalías a la provincia. En oportunidad de las declaraciones del presidente Milei descalificando a los gobernadores, el de Neuquén dijo: “La verdad que yo respeto mucho al presidente y no me voy a referir a los dichos de él. Lo que sí yo puedo decir es que en Neuquén estamos recibiendo en términos reales menos regalías que la que recibió la gestión anterior…..Después, por la coparticipación federal nosotros siempre hemos sido sancionados. De alguna manera cuando se distribuyeron los ratios castigaron a la provincia de Neuquén. Hoy estamos recibiendo por cada 100 pesos que aportamos 51, mientras que otras provincias reciben por cada 100 pesos aportados 700” (LMN 9/7/2025).
Incluso dijo que “Nación le debe muchísima plata a Neuquén por la caja jubilatoria” (Noticia NQN, 19/6/2025), y sugirió que se podría quedar con bienes de Nación por esa deuda. Viene anunciando hace un tiempo que pretende el traspaso de las rutas nacionales.
Pero ya sabemos que el gobernador Rolando Figueroa (como su antecesor del MPN) respeta mucho al gobierno nacional y su presidente ocasional, por lo que si la deuda de Nación no se salda o no compensa a la provincia transfiriendo bienes, la “armonización” no será financiera a través de remesas del fisco nacional, sino que será por el recorte de conquistas jubilatorias obtenidas con la lucha en Neuquén.
Y es en este aspecto que las direcciones sindicales de los estatales no tienen un programa de independencia de clase respecto a los criterios de ajuste de la patronal.
Figueroa: “Respeto” con Milei …y antes con Fernandez …y siempre con el FMI
El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, dijo en la Cámara de Diputados, en setiembre 2024, que la Nación le debe a Neuquén 180 mil millones de pesos en concepto de fondos que dejó de transferirle desde el año 2017 bajo el concepto de armonización de las cajas previsionales no transferidas. Para ese entonces, ese monto era una masa salarial y media de la provincia o equivalía a la construcción de varias escuelas.
Sin embargo, el actual gobernador dijo que no podía construirlas por culpa de los maestros neuquinos: porque debía pagar muchas suplencias por abusos en el uso de licencias médicas. Fue la voz de mando para que la Legislatura votara una ley de limitación de esas licencias a través de un chantaje salarial. Tiene razón Guillermo Francos: es “muchísima plata”. Pero el gobernador aplicó la “motosierra” sobre el salario docente, no contra su amigo Milei al que le tiene “gran respeto”.
Un año después de los dichos de Franco, el gobernador aún espera que cumpla: “la negociación con Nación está en buenos términos aunque aún no se definieron los montos. Estamos esperando que terminen de auditar los números que estamos reclamándoles que nos paguen”, dijo Rolando Figueroa en junio 2025. Y sigue esperando en estos días que el “centralismo porteño” determine si le gira o no a la “neuquinidad” lo que le debe. Pero el llamado “centralismo porteño” es el pago de la deuda externa usuraria, en particular al FMI. El 90% del plan Milei-Caputo gira en “ajustar” al pueblo para pagar la deuda, que se está pagando religiosamente.
Por eso hay que leer las declaraciones del gobernador con mucha atención en los detalles y términos utilizados, porque en el mismo momento que se pronuncia contra la transferencia de la caja previsional, respecto al régimen jubilatorio dice: “Neuquén no permitirá modificaciones impuestas”. (ADNSur 19/6/2025).
Consensuadas ¿sí?
No se trata de la mosca en la leche, Rolando Figueroa, en setiembre 2023, siendo ya gobernador electo, participó junto a Omar Gutiérrez en pleno período de “transición pactada”, en una reunión con el entonces ministro de Economía, del acto de firmas de varios acuerdos. Según palabras del entonces gobernador (y el actual no dijo lo contrario), se iba a transferir a la AFIP “la base de datos de nuestros jubilados” para el reintegro del IVA.
Es decir, Nación ya tiene desde entonces la base de datos de las y los jubilados de la provincia.
El gobernador Gutiérrez en ese acto dijo además que “hay dos factores que ya están nivelados, que se calculan y tienen la misma base de cálculo que los nacionales y por los cuales entonces entendemos que nos corresponde una compensación y la hemos gestionado, pero no hemos logrado porque han sido infructuosas esas gestiones”. Esos dos factores ya nacionalizados son nada menos que la cantidad de años de aportes y las tasas de aportes y contribuciones (estas últimas son superiores a las de Nación).
La paciencia no es solo con Milei, también lo era con Massa. O sea, con el “centralismo” proFMI.
Hay que mantener el ISSN, pero bajo dirección de trabajadores y jubilados. Y recuperar las conquistas previsionales que nos fueron arrebatando. La lucha previsional en Neuquén, está a la orden del día no solo en el caso de las y los jubilados de la ANSES, sino también de las y los jubilados del ISSN.