Extraído de Prensa Obrera, n° 511, 19/9/96
Menem amenaza con sacar por decreto una ‘reforma laboral' que va mucho más allá de la derogación de los convenios. Según Caro Figueroa, "una de las ideas centrales es que. una vez reformada la ley de negociación colectiva, los nuevos convenios puedan modificar leyes, decretos, normas, convenios anteriores, estatutos especiales e incluso derechos adquiridos” (1).
Todo esto significa que se pretende arrasar con el principio básico del derecho laboral que impide pactar condiciones laborales y salariales menos favorables para el trabajador a las establecidas por las leyes, o acuerdos individuales para el trabajador inferiores a los fijados en el convenio. El sentido de la legislación social es, precisamente, poner un piso a la explotación física del trabajador. Menem y Caro Figueroa pretenden abolir, sin necesidad de derogarla, toda la legislación laboral argentina.
En el libro "Convenciones Colectivas de Trabajo”, el profesor de derecho laboral A. Fernandez Pastorino señala justamente que la legislación, que Menem quiere derogar, especifica “que las normas de las convenciones colectivas homologadas serán de cumplimiento obligatorio y no podrán ser modificadas por los contratos individuales de trabajo, en perjuicio de los trabajadores. O sea que la disposición admite la posibilidad de que la modificación se efectúe, por la vía de tales contratos, para mejorarlas condiciones en su beneficio, única mente. De igual manera… la aplicación de las convenciones no puede afectar las condiciones más favorables para los trabajadores, estipuladas en sus contratos individuales de trabajo” (página154).
Demás está decir que si un convenio entre partes o un acuerdo individual pudieran anular una ley, las propias leyes dejarían de tener sentido. Como el derecho laboral es de ‘orden público’, menos aún pueden existir acuerdos que las anulen.
Hasta para los contratos de alquiler las leyes fijan, por ejemplo, plazos mínimos para la locación o prohíben el aumento del precio del alquiler durante la vigencia del contrato.
Hasta el propio diario ‘flexibilizador’ La Nación reconoce que “la proyectada reforma laboral entra en colisión con mandatos constitucionales” (2), toda vez que el artículo 14 bis dice que el trabajo “gozará de la protección de las leyes”. Se desprende, que los convenios o los contratos individuales no pueden anularlas ni siquiera temporal o parcialmente.
La Nación cita al constitucionalista Daniel Sabsay, quien cuestiona que incluso el Congreso pueda "generar desequilibrios que, para beneficiar a un sector de la sociedad, discriminen al sector trabajador”. Los tratados internacionales que se sumaron a nuestra constitución… —dice Sabsay también impiden rebajar el piso de bienes ya alcanzado para todos los derpchos sociales. Por eso, contra cualquier medida que disminuya o retrotraiga ese piso de conquistas sociales se podría presentar un amparo colectivo, previsto en el nuevo artículo 43 de la ley fundamental” (3).
Menem y Caro Figueroa quieren imponer salarios por debajo de los convenios, eliminar el aguinaldo, la provisión e ropa de trabajo y establecer jomadas laborales superiores a las horas convencionales.
Demás está decir que, si esto se aprueba, la patrona colocará como condición para emplear a un trabajador, que es e renuncie al convenio y que firme un contrato individual, es precisamente, para evitar esta clase de chantaje que las leyes laborales son un piso y no pueden ser derogadas por acuerdos individuales.
Pero también se pretende legislar ‘para atrás', ya que os nuevos convenios podrían derogar “derechos adquiridos colectivos o individuales. Las condiciones más favorables que adquiere un trabajador, plasmadas o no en un contrato individual, son un derecho adquirido que no puede ser derogado por un convenio o por otro acuerdo individual.
Finalmente, se quiere sustituir la indemnización por un fondo de retiro. El objetivo es abaratar la fuerza de trabajo y facilitar los despidos por dos razones : 1) porque las patronales aceptarán aportar a un fondo si ese aporte es inferior a las actuales indemnizaciones por despido; 2) porque, al no existir la indemnización, las patronales podrán reemplazar, sin costo alguno, a cualquier trabajador por otro, que acepte condiciones inferiores.
La burocracia se hace la distraída
La burocracia de la CGT ‘reunificada’ se ha hecho la distraída frente a todo este enorme paquete antiobrero. Es que desde 1989 en adelante ha sido cómplice en el arrasamiento de los convenios, en común acuerdo con las patronales y el gobierno.
En Clarín (4) se detalla que “en los convenios firmados a partir de 1991, en 80 casos se acordó incrementar el tiempo efectivo de trabajo, por reducción o modificación de licencias o aumentos del tiempo operativo de la jornada de trabajo. También en otros 253 casos hubo rebajas de beneficios convencionales, en 296 acuerdos se habilitó la movilidad o polivalencia funcional y en otros 270 se reorganizaron horarios o las vacaciones se distribuyeron en el año". Todo sin contabilizar los nuevos convenios para las futuras plantas automotrices (como Fiat o Toyota) con clausulas que arrasan con leyes y con toda la jurisprudencia laboral.
Además, está la propia “Ley para las Pymes” que establece la “disponibilidad colectiva", facultando a los “convenios colectivos de trabajo” referidos a la pequeña empresa a otorgar vacaciones fraccionadas o “a modificar el régimen de extinción del contrato de trabajo”. También se pusieron en vigencia los llamados contratos promovidos, sin derecho al preaviso y a la indemnización. “Actualmente, el 12% de los asalariados tienen estas modalidades de empleo”, dice Clarín (5).
Está claro que lo pactado por la burocracia en los convenios como en las leyes antiobreras de los últimos años que contribuyó a dictar, son claramente inconstitucionales. El propio asesor de la CGT, Héctor Recalde, dijo que “estas disposiciones (de la ley Pyme) son nulas por su ilegalidad manifiesta… (y) son inconstitucionales”. La CGT, el MTA y el CTA , sin embargo, las han dejado pasar, sin hablar del Frepaso o la UCR. El Chacho Alvarez participó incluso en la Conferencia de la Unión Industrial donde Menem anunció este paquetazo, y Terragno se reunió con el patron-flexibilizador Blanco Villegas, con el que llegó a “grandes coincidencias”. No es ninguna casualidad que la Constitución ‘reformada’, que la UCR y el Frepaso supieron conseguir autorice al Ejecutivo a dictar decretos de necesidad y urgencia en materia laboral, cuando se los prohíbe, por ejemplo, en materia impositiva.
Que se convoquen las paritarias
El gobierno que pretende arrasar con todo el derecho laboral está en una crisis terminal. Solamente se sostiene por la complicidad de la burocracia sindical y de la ‘oposición’. Pero bastaría un movimiento de cierta amplitud de la clase obrera para que Menem se tenga que tragar todo el paquete flexibilizador La llamada relación de fuerzas es hoy claramente contraria a Menem, como se vio en el contundente paro del 8 de agosto en la masividad del 'apagón' y en la marcha del Suteba.
Si Menem quiere eliminar los convenios, la mejor manera de hacerle morder el polvo es reclamando LA CONVOCATORIA DE TODAS LAS PARITARIAS YA, PARA DISCUTIR EL AU MENTO DE LOS SALARIOS, LA MEJORA DE LAS CONDl" CIONES DE TRABAJO, PARA BAJAR LOS RITMOS DE PRODUCCION Y ANULAR TODAS LAS CLAUSULAS DE FLEXIBILIDAD LABORAL
El PO llama a la CGT, al CTAy al MTA a que denuncien todos los convenios de trabajo y lancen un plan de lucha con paros activos, asambleas de fábrica y plenarios de delegados, para que se discutan los pliegos de reivindicaciones y los proyectos de convenio y para que se elijan los paritarios.