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Crítica a la nueva ley de Riesgos de Trabajo

El parlamento aprobó con una rapidez asombrosa la ley 24557. Una segunda ley de Riesgos del trabajo. En la aprobación de 140 votos contra 83, el oficialismo tuvo un aliado fundamental: el PRO; un dato clave para comprender la filiación pro-patronal de la propia ley.

La patronal argentina festejó largamente la votación. Los “opositores” Clarín y La Nación le dieron muy bajo perfil a la crítica de su promulgación. Los medios empresarios consideraron “histórica” la iniciativa de Funes de Rioja (el abogado de las cámaras patronales) que fue su verdadero mentor. El corazón de la ley es la evasión por parte de las patronales de la reparación del daño integral a la salud de sus trabajadores, consagrado en la vieja ley de accidentes de trabajo que regía desde 1915.

La nueva ley tiene el formato de la primera ley de Riesgos de Trabajo, que dio lugar a la formación de las ART en el año 1996, en plena época menemista. Toda la legislación emanada de la época de la flexibilización laboral hacía imprescindible la formulación de un sistema donde las patronales evadieran las responsabilidades integrales de los daños causados a los trabajadores por los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales contraídas. Porque ellas mismas eran conscientes de las implicancias que llevaba implícita el nuevo régimen de explotación laboral.

La dictadura militar, primero, y la flexibilización laboral, después, vinieron a voltear una serie impresionante de conquistas logradas con los convenios del ’75 y la huelga general que se dio en aquellos años, durante las discusiones paritarias. Ahora estamos asistiendo a las consecuencias que tuvo para la salud del trabajador esta andanada de ataques llamada “flexibilización laboral”.

Durante el menemismo se llevó adelante la política de establecer convenios por empresa. Los mismos tenían el propósito de favorecer ampliamente las condiciones patronales en una época de baja producción industrial. Estos convenios por empresa suplantaron, de hecho, la discusión en paritarias de las condiciones de trabajo, confinando las mismas a una discusión salarial.

Se implantaron en la inmensa mayoría de las plantas fabriles premios de productividad, que en el 95% de los casos no fueron discutidos en asambleas con los trabajadores, se impusieron premios al presentismo durísimos que obligaban al trabajador a concurrir enfermo, hubo un desconocimiento del certificado médico del trabajador reemplazándolo por el de la patronal, se estiró la posibilidad de realización de horas extras anuales a las patronales y en la práctica se dejó de controlar el cumplimiento de esa propia norma que terminó, de hecho, implantando doce horas de trabajo, se quintuplicaron los turnos americanos, eliminando, a su vez, el día femenino, se desconocieron lugares de trabajo insalubre. El golpe final de la llamada flexibilización laboral fue la tercerización masiva y el trabajo en negro, agravando enormemente las condiciones de trabajo.

A 16 años de implantada la flexibilización laboral menemista, que siguió bajo los De la Rúa, los Duhalde y los K, asistimos a las consecuencias que estas condiciones de trabajo ejercieron sobre la salud de los trabajadores. Los accidentes laborales han ido en aumento y también las enfermedades profesionales. El año 2011 dejó, de acuerdo con la propia Superintendencia de Riesgos de Trabajo, 650.000 infortunios laborales. La cifra aumenta en un 35% por el trabajo en negro. Tenemos entonces que hay casi 900.000 infortunios laborales anuales sobre un total de 8.000.000 millones de trabajadores registrados en las

ART. Una verdadera masacre laboral agravada, porque las empresas perpetran una doble estafa al trabajador cuando no lo registran y a las propias ART, en varios casos judiciales, se ha comprobado que le dan el alta después de accidentarse.

Reparación raquítica del daño

Las ART que fijaban una reparación tarifada de los daños al trabajador golpearon duramente a los afectados por infortunios laborales en dos puntos clave: 1) la baja tarifa de las indemnizaciones por incapacidades laborales; 2) el desconocimiento de reparaciones de una cantidad de enfermedades profesionales. Esta cuestión del desconocimiento de las enfermedades profesionales se ha transformado en un gran problema legal, social y político.

Si uno tiene en cuenta que las posibilidades de una enfermedad profesional aparezcan con un promedio de entre ocho y diez años de desempeño en tareas industriales, con la flexibilización laboral y el aumento de horas trabajadas, estas enfermedades se aceleraron violentamente. Estos dos problemas llevaron a que un sector de trabajadores desconociera la reparación tarifada e iniciara juicios por la reparación integral de los daños de salud a las patronales y a las ART.

Un caso en particular -“el fallo Aquino”- llegó a la Corte; ésta desconoció la tarifa asignada y aceptó la reparación integral del daño al trabajador lo que disparó, al igual que el caso Badaro (caso “testigo” por el cobro del 82% móvil), una tendencia a ir a juicio después del pago mezquino y estrecho de las ART del daño.

El nivel de los juicios fue en aumento sideral, pasó de 3.000 de los dos primeros años a los 70.000 actuales. Estamos hablando de la friolera de unos 21 millones de dólares en concepto de indemnizaciones que las patronales buscan evadir. La llamada denuncia a la “industria del juicio” -que tanto atacan Pichetto y Rossi en ambas cámaras-, sólo pone de relieve la inmensa depredación laboral del sistema de ART, que no reconoce nada que no sea un infortunio gravísimo para el trabajador y la enorme concesión del gobierno a las patronales en este punto.

Las enfermedades profesionales reconocidas en Argentina son las mismas del decreto 658/96 que aprobaron las ART con Menem, más el Mal de Chagas y el Hanta virus, pero las no reconocidas son las que han elevado a miles los juicios de los trabajadores. Hay tres enfermedades que las ART directamente desconocen de hecho: la lumbalgia, las hernias y las várices porque no son “específicas”, sino que abarcan la inmensa mayoría del mundo laboral. De este tipo de enfermedades sólo se reconoce la hipoacusia, pero para ello las ART montaron una estafa especial que el Fondo de Fines Específicos (FFE), por los cuales un 0,69 adicional de la cápita que se paga a la ART va a ese fondo de reparación de las pérdidas de la capacidad auditiva. Al crearse el fondo, se obligaba a realizar cada dos años un examen médico y la reparación del daño; esos exámenes no se cumplen con la mirada cómplice del gobierno.

La nueva ley votada no establece en absoluto los criterios a seguir en este aspecto ni los resarcimientos, ni siquiera las figuras de “tareas livianas” que se pueden desprender de este tipo de enfermedades. Ya conocemos la posición de la Presidenta sobre la “tendinitis” de los compañeros del subte, como un adelanto de las posiciones patronales. Esta cuestión se ha comenzado discutir después de la aprobación de la ley con las ART, las cámaras patronales, la CGT Balcarce, el sector de Yasky y el propio Recalde, ahora de hecho en otras funciones después de su pasaje al gobierno, para establecer un criterio sobre las mismas hay un inmenso lobby patronal, de un lado, y una burocracia oficialista dispuesta a entregar todo, del otro.

Un negocio patronal redondo

La nueva ley elimina la doble vía actual, donde el trabajador cobraba la indemnización de la ART y si no estaba satisfecho apelaba a la Justicia laboral para ampliar la reparación del daño.

El trabajador ahora deberá elegir entre el cobro de la indemnización de la ART o elegir ir a juicio. Si elige el monto que le ofrece la ART, éste sale de un enorme lobby de nueve ART que concentran el 90% de mercado de 8.000.000 de personas y que han “impuesto” las tarifas de las indemnizaciones muy a la baja. Al extremo de que la ley debió aceptar un 20% de aumento de las mismas, que estaban hace años congeladas.

Si decide no cobrar e ir a juicio, la nueva ley cambia totalmente las reglas de juego en materia legal. En primer lugar, se pasa el juicio del fuero laboral a fuero civil, lo que vulnera derechos internacionales establecidos. La relación laboral no se puede trasformar en una relación civil, el accidente sigue siendo un accidente de trabajo, el patrón sigue siendo el patrón y el trabajador sigue bajo su relación de dependencia.

La Justicia civil en la Argentina está colapsada. Los juicios oscilan entre los siete y los ochos años. Los juicios laborales como máximo se liquidan en dos años. La ley lleva al trabajador, en un cuadro crítico de su situación de salud, a elegir entre aceptar lo que le ofrezcan las ART o esperar ocho años para un resarcimiento económico.

La nueva ley no reconoce un aumento de la indemnización por accidentes in itinere. No es un dato menor. En la actualidad, el 52% de las muertes laborales se producen en este tipo de accidentes. El 100% de los muertos en el accidente de Flores del Ferrocarril Sarmiento eran personas en tránsito y el 97% de las víctimas de la masacre de Once también. La ley congela estas indemnizaciones, que se mantienen desde el ’76, en el medio de un colapso del transporte que atenta contra la vida de los trabajadores.

La ley varía las normas indemnizatorias en el caso de ir a juicio perjudicando al trabajador. Se crea el Ripte -un coeficiente de ajuste trimestral- donde los trabajadores no percibirán por el monto de lo que cobraban en el momento de producido el accidente, sino sobre una tabla aritmética que sólo contempla las remuneraciones sujetas a aportes provisionales -que no es poco en un país donde el conformado salarial omite una parte importante de sueldo de estos aportes.

Se aprecia claramente una voluntad de desalentar abiertamente los juicios y cuando éstos se lleven adelante, serán dilatados en el tiempo y además por menores montos de los actuales, salvando a las patronales de la reparación integral del daño al trabajador.

La nueva ley va a generar una polémica legal de inconstitucionalidad por la abierta discriminación que sufre el trabajador accidentado respecto de un derecho universal de acceso a la Justicia. Eso es tan así que hasta algunas grandes patronales lo admiten, pero señalan que de cualquier manera sería un tiempo que ganan, pues frenarán en parte los litigios laborales.

Las ART “mutuas”

La nueva ley tiene la bendición de la burocracia de la CGT Balcarce y de Yasky. Es que el gobierno, mediante el decreto adicional 1720, les habilitó otro negocio: la posibilidad de constituir las llamadas ART-mutuas entre las cámaras empresarias y los sindicatos con personería gremial que celebren negociaciones colectivas.

Para que el negocio sea más lucrativo, esas Mutuas deberán atender a los accidentados en las obras sociales y en los hospitales públicos. Según el gobierno se avanzó muchísimo en el sector metalúrgico y de la construcción en la constitución de estas “ART mutuas”; sin embargo, la formación de estas ART mutuas implica una serie de fuertes contradicciones entre la tarea gremial y la tarea de una ART.

¿Qué debe primar en un sindicato, la defensa del interés individual del trabajador o la defensa de los derechos de una ART en conflicto con ese trabajador? Uno se imagina esta fuerte contradicción entre una ART dirigida por el agente del Batallón 601 Gerardo Martínez y los trabajadores del gremio más afectado por accidentes laborales que es la Uocra.

Habrá que ver si la burocracia oficialista va hasta el final con la creación de las ART mutuas. El gancho que les tiraron las patronales y el gobierno es para que las alícuotas de las ART mutuas sean parte de las discusiones paritarias, de los fondos solidarios y otras prebendas millonarias, pero llevan implícita una fruta envenenada. Pueden terminar con miles de trabajadores haciéndoles juicio a su propio sindicato, frente a una controversia por la reparación en listas negras y en todo tipo de conflictos. Un dato importante es que, de hecho, la ley anterior ya preveía que éstas se podían constituir hoy con una burocracia en crisis y que, con la oposición de vastos sectores de ella, la mayoría se ha limitado a darle esta enorme concesión a las patronales y al gobierno.

Las críticas de la CTA a la nueva ley

Víctor De Gennaro envío un proyecto de ley alternativo a la nueva ley que no prosperó ni en las comisiones ni en la votación. Es importante conocer su contenido, pues en el corazón del proyecto de De Gennaro va incluida la actual política del Frente Cívico al cual De Gennaro tributa y esa política de seguridad laboral se aplica en la provincia de Santa Fe.

Los puntos salientes del proyecto de De Gennaro-CTA reemplazan a las ART por la creación de un banco de seguros del Estado con participación de las patronales y los trabajadores. La creación de una oficina de seguridad laboral, la elección de delegados de prevención en comités mixtos de seguridad e higiene, y la ampliación de uno a dos años la cobertura por accidentes y enfermedades del trabajador.

Políticamente, el proyecto de la CTA es una combinación de dos propuestas centroizquierdistas latinoamericanas. La del Frente Amplio y la de Binner.

En el Uruguay, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales están encuadradas dentro del Banco de Seguros del Estado. El tratamiento de la salud de los trabajadores uruguayos por esta vía no es buena. Uruguay reconoce 29 enfermedades profesionales de las 42 en la Argentina, y las 106 de la última actualización de la Organización Internacional del Trabajo: al igual que en Argentina, las varices, las hernias y enfermedades mentales provenientes del trabajo no son reconocidas, aunque sí la tendinitis. Uruguay no reconoce el accidente in itinere, sólo con la excepción de que sea la empresa la que suministre el transporte.

El monto de las indemnizaciones es equivalente al salario sin extras ni adicionales, y las comisiones médicas son directamente elegidas por el Estado sin participación de los trabajadores.

Las patronales delegan en el Estado la responsabilidad integral del daño y el Estado achica los costos y, además, posterga largamente los pagos. El PIT (central sindical única de trabajadores del Uruguay) que apoya al Frente Amplio ha realizado protestas formales contra el régimen de prevención del Banco de Seguros, señalando que no sube las capitas que deben pagar las patronales y recorta, vía comisiones médicas, las indemnizaciones, lo que muestra los límites de este tipo de banco de seguros.

En la pastera multinacional Montes del Plata, luego de un accidente que costó la vida de un obrero y después 80 accidentes laborales, la dirección de la Sunca (sindicato de la construcción) se vio obligada a declarar la huelga por tiempo indeterminado, reclamando un protocolo de seguridad en la planta para terminar con la brutal cadena de accidentes. Sólo así, se arrancó una concesión que, aunque parcial, sienta un precedente de suma importancia para el movimiento obrero.

El protocolo de seguridad conquistado establece que, ante un riesgo potencial de accidente, los delegados de seguridad puedan detener el trabajo, hasta que se coordinen las acciones para evitar cualquier posible daño. Es un acuerdo que está por delante de la legislación uruguaya y también de toda la legislación laboral argentina.

Cuando se detecte una condición de riesgo, el delegado obrero del sector detendrá la tarea en cuestión y tomará contacto inmediato con el encargado del trabajo (capataz, supervisor) a los efectos de su corrección. En caso de que la situación no se resuelva, el encargado de trabajo convocará en forma inmediata al técnico en prevención del sector, y así sucesivamente hasta convocar al responsable de seguridad del conjunto de la planta.

El reclamo de comités de seguridad e higiene, con capacidad de los delegados de parar la producción ante un peligro de accidente, es una conquista enorme que aún es parcial y arrancada con una huelga general, pero abrió un camino que hay que profundizar.

La otra pata del proyecto del CTA está prácticamente macheteada (largas consideraciones son textuales) de la ley 12913 de Santa Fe, conocida como la de los comités mixtos de seguridad e higiene, donde se establece una elección de delegados de prevención, la creación de comités mixtos a esos efectos y un control del Estado provincial sobre la creación de los mismos.

La ley santafesina se reglamentó en 2009, bajo la presión de una movilización que reunió a todo el pueblo de Villa Constitución por la muerte de dos obreros de Acindar por la absoluta falta de seguridad.

Desde 2009 hasta ahora, el nivel de muertes laborales en los cordones industriales de Santa Fe es uno de los más altos del país. La creación de estos comités mixtos se ha establecido bajo la absoluta irresponsabilidad del Estado provincial que, para su funcionamiento, pone “las oficinas” para que se discutan las controversias, pero permite un enorme grado de tercerización laboral, de trabajo precarizado y en negro. El 50% de las plantas de la UOM de Villa Constitución está tercerizada, lo mismo ocurre en San Lorenzo, el escenario en el que se produjo la muerte de nueve obreros del cordón en los últimos catorce meses.

Los llamados delegados de prevención de los “comités mixtos” tienen dos problemas centrales. El primero y fundamental es que no tienen fueros gremiales. Las patronales se niegan a reconocer más delegados de los establecidos en la Ley de Asociaciones Profesionales. Las cámaras patronales se niegan a duplicar estos fueros (el proyecto de la CTA postula uno cada 50 trabajadores) y plantean que los mismos sean elegidos como parte de la representación sindical existente, en el 90% de los casos dirigida por la burocracia sindical.

Adicionalmente, las cámaras patronales sostienen que las condiciones de trabajo tampoco deben ser discutidas en “fábrica”, sino con los delegados paritarios de las direcciones de los gremios. Así, sin poder de veto de estos delegados de prevención -después de algunas “mejoras” de buena voluntad establecidas en las plantas-, ante una crisis por el incumplimiento patronal, la ley Binner le deja la última palabra a la “autoridad de aplicación”, paralizando una acción concreta por la inseguridad y llevándola inevitablemente a que el gremio y sus cuerpos orgánicos decreten si es apoyada o no una acción de lucha. Lo que muestra los enormes límites de las propuestas centroizquierdistas en cuanto a la seguridad laboral.

La llamada prevención de la que tanto se habla y que es el caballo de batalla del FAP y de sus proyectos -con la creación de comités de seguridad e higiene obrero-patronales- ha tenido su banco de prueba y su fracaso en Santa Fe, ya que nada ha cambiado sobre los ritmos de producción, sobre el salario a destajo en las cláusulas de presentismo, que hacen ir enfermo a trabajar a un obrero, ni sobre la nula inversión de las patronales -factores decisivos en los accidentes laborales.

Una prueba de esta impotencia es que un proyecto similar ha sido aprobado en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, insospechada de izquierdismo o centroizquierda.

La clase obrera enfrentará esta ley

La clase obrera deberá enfrentará esta ley en sus propios lugares de trabajo quebrando dos cuestiones que son la madre del 80% de las enfermedades laborales: la flexibilización laboral y la falta de inversión.

No hay que olvidar nunca que la mejor “ley” sobre enfermedades laborales en la historia argentina fue la paritaria y la huelga general de 1975. Allí, se impusieron las mejores condiciones en esos convenios laborales en la historia de la clase obrera argentina, la protección a la salud de la mujer, el reconocimiento de los certificados médicos de los trabajadores, las cláusulas gatillo frente a la inflación que no obligaba a las extras o a las changas afuera para sobrevivir. Además, se le impusieron a las patronales normas de seguridad que eliminaban miles de accidentes. Se controlaban los ritmos de producción, no se permitían presentismos negreros y había un cupo limitado de extras para que se tomaran más trabajadores.

La batalla contra la nueva ley es un episodio de esta recuperación gremial que debe ser clasista y de lucha a muerte contra la burocracia sindical, corresponsable de la tercerización laboral y de la pérdidas de las conquistas en las condiciones de trabajo. Por paritarios elegidos en asamblea que exijan comisiones obreras elegidas con derecho a veto y a parar si no se cumplen las condiciones de seguridad. La clase obrera debe luchar contra esta ley con una sola consigna: la reparación integral a cargo de las patronales del daño ocasionado al trabajador.

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